
Desde que asumimos la responsabilidad como titular de la Fiscalía Anticorrupción, nos
propusimos junto con mi equipo, darle un nuevo impulso a la investigación y persecución
de los delitos por hechos de corrupción en el Estado de Chihuahua.
Bajo esa premisa les quiero dar la siguiente información:
Se solicitó una orden de aprehensión por esta Fiscalía Anticorrupción, misma que fue
obsequiada por una Juez de Control del Distrito Judicial Morelos, en Contra de la actual
Presidenta Municipal del Municipio de Nuevo Casas Grandes, Chihuahua C. M. C. D. así
como en contra de la Ex Secretaria de dicho Ayuntamiento S. I. H. P. – hoy prófuga – de la
justicia, la cual se ejecutó y por ende se capturó a la primera de las hoy imputadas, en un
operativo estratégico y quirúrgico en su ejecución, por la limpieza del mismo; toda vez que
se llevó a cabo sin ningún contratiempo en aquella región de Nuevo Casas Grandes, y
respetando en todo momento los derechos humanos de la persona detenida.
Tal orden de aprehensión, tiene los siguientes antecedentes:
La Auditoría Superior del Estado presentó la denuncia donde refirió que C.M.C.D., en su
carácter de Presidente Municipal de Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, suscribió bajo
contrato de compra y venta, un Título de Propiedad que ampara un área de 342.34 metros
cuadrados, dentro del fundo legal, propiedad del Municipio de Nuevo Casas Grandes,
Chihuahua, sin antes llevar a cabo el procedimiento de desincorporación del bien
inmueble del régimen de dominio público municipal.
Por lo cual, al presentarse la denuncia, la Auditoría refiere que la imputada
C.M.C.D., en su carácter de Presidente Municipal de Nuevo Casas Grandes, incurrió
presumiblemente en la comisión de conductas delictivas, particularmente, el delito
tipificado como Uso Ilegal de Atribuciones y Facultades, previsto en el artículo 261,
fracción II, del Código Penal del Estado de Chihuahua. Sin embargo, del análisis e
investigación de los hechos denunciados, esta representación social, consideró
reclasificar el delito a PECULADO AGRAVADO.
Conforme a la ley, este Órgano investigador y persecutor del delito por hechos de
corrupción, llevó a cabo una investigación científica, técnica y profesional,
respetando en todo momento, los principios esenciales y reguladores del
procedimiento penal, encontrando que de los HECHOS ATRIBUIDOS a las ahora
imputadas, se presume, pueden derivar en la comisión de delitos de mayor
penalidad y gravedad, como lo es el PECULADO AGRAVADO en forma reiterada, al
haberse demostrado hasta este momento, la venta irregular de cuando menos seis bienes
inmuebles, ya que, por un lado, no se autorizó por parte del Ayuntamiento de este
municipio la desincorporación de esos bienes de dominio público y, por el otro, el dinero
obtenido por la venta de dichos predios, tampoco ingresó a las arcas municipales,
conforme se realizó la venta.
Para esta Fiscalía Anticorrupción fue de suma trascendencia la colaboración valerosa y
valiente de funcionarios del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes que como servidores
públicos patriotas denunciaron las irregularidades, como lo fueron la Sindico de este
ayuntamiento, regidores del cabildo, así como ciudadanos comprometidos con la
sociedad, de quienes se lograron recabar datos para comprobar las transacciones
irregulares.
Fundamento:
El artículo 270 del Código Penal del Estado dispone:
Se impondrá prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a quinientos días multa,
al servidor público que: disponga o distraiga de su objeto, dinero, valores, inmuebles o
cualquier otra cosa, si los hubiere recibido por razón de su cargo; agregando que, cuando
el monto o valor exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y
Actualización, se impondrán prisión de cuatro a doce años y de quinientos a dos mil días
de multa.
Tal es el caso que ahora nos ocupa, ya que se encontró que el importe del daño
producido al ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes, por el momento asciende a la
cantidad acumulada de $2,198, 252.52 (Dos Millones Ciento Noventa y Ocho Mil
Doscientos Cincuenta y Dos pesos 52/100 M.N.).
Se le atribuye, además, a quienes ocupaban respectivamente el cargo de Presidente
Municipal y Secretaria del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes, que en diversas
fechas realizaron, sin la autorización del Ayuntamiento, una serie de enajenaciones
irregulares, disponiendo por un lado de los inmuebles en cuestión, y por el otro, no existe
evidencia que el dinero obtenido como producto de tales ventas, hubiere ingresado a la
hacienda municipal.
Grado de ejecución de los hechos: CONSUMADO.
Naturaleza de la conducta: DOLOSA.
Necesidad de la cautela: La Fiscalía Anticorrupción, en concordancia con lo
dispuesto con los artículos 168, 169 y 170 del Código Nacional de Procedimientos
Penales, advierte, que existe riesgo latente de que la hoy imputada se sustraiga del
desarrollo de la investigación, así como que por el cargo que ocupa y las relaciones
que ostenta, pongan en riesgo el curso de la investigación realizada, así como el
peligro que representa en contra de las personas cuyo testimonio sirvió como base
para poder lograr la judicialización de esta carpeta y que el Órgano Jurisdiccional
obsequiara la Orden de Aprehensión.
Calidad de presunto responsable: SUJETO ACTIVO.
La actual Presidente del Municipio de Nuevo Casas Grandes, Chihuahua C. M. C. D., así
como la Exsecretaria de dicho Ayuntamiento S. I. H. P., -hoy prófuga- desplegaron en el
ejercicio de sus funciones una serie de conductas irregulares, actuando como
representantes del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes, para lograr la enajenación de
algunos de bienes inmuebles.
Así, al momento en el cual acontecieron los hechos, las imputadas C. M. C. D. así como
S. I. H. P., ostentaban el cargo, respectivamente, de Presidente Municipal y Secretaria del
Ayuntamiento, ambas del Municipio de Nuevo Casas Grandes, y por tanto tenían la
calidad específica de Servidoras Públicas requerida por el tipo penal imputado por esta
Fiscalía Anticorrupción.
A las hoy imputadas, entre otras cosas, les correspondía la obligación de atender lo
concerniente a la administración financiera, y en general, ejercer las atribuciones que le
confiere la Constitución Política del Estado de Chihuahua; el Código Municipal, y demás
ordenamientos legales, mismo que fueron omisas en cumplir.
Durante los meses de octubre a noviembre del año 2021, enajenaron bienes inmuebles
públicos del Municipio referido, en confabulación con otros servidores públicos de la
misma dependencia y personas externas, con un reparto de roles y actividades,
comercializaron bienes inmuebles públicos del patrimonio municipal que ascendían a la
cantidad de más de $2,198, 252.52 (Dos Millones Ciento Noventa y Ocho Mil Doscientos
Cincuenta y Dos Pesos 52/100 M.N.), sin antes llevar a cabo el procedimiento de
desincorporación de los inmuebles del régimen del dominio público del municipio y sin que
existan ingresos a la Hacienda del municipio por estas ventas expidiéndose para ello
Títulos de Propiedad, ocasionando con ello, un detrimento al patrimonio municipal de
Nuevo Casas Grandes.
Además de ello, la Fiscalía Anticorrupción tiene en su haber diversas carpetas de
investigación, en las cuales, a las ahora imputadas se les atribuyen la presumible
comisión de diversos delitos, todos relacionados con la disposición y distracción de
recursos públicos municipales, es decir, encuadrando todas en conductas típicas de delito
de corrupción, mismas que se determinaran en lo sucesivo conforme se concluyan las
investigaciones.
Por lo anterior, es importante puntualizar que las personas señaladas han promovido una
serie de amparos conocidos como buscadores, en donde señalaban como acto reclamado
la existencia de una Orden de Aprehensión en su contra, apareciendo como sus
autorizados los licenciados Ulises Soteno Torres y Francisco Fabián García García,
quienes, en su momento, se desempeñaron, el primero como Vicefiscal de la Fiscalía
Anticorrupción, y por ende Como Fiscal, por ministerio de ley, en tanto, el segundo, como
Director Jurídico y de Extinción de Domino de esta Fiscalía, por lo cual, la conducta estos
ex servidores públicos resulta inadmisible, sospechoso y una evidente carencia de ética
profesional.
La Fiscalía Anticorrupción reitera el respeto al debido proceso, a la presunción de
inocencia y los Derechos Humanos, por lo que seguirá trabajando para las y los
chihuahuenses en el combate frontal contra el flagelo de la corrupción ante la conducta
desviada del servidor público.
Finalmente.
*De acuerdo con las leyes y normas vigentes, las personas imputadas se presumen inocentes mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia firme, emitida por el órgano jurisdiccional (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).
Comentarios recientes